PROHÍBEN QUE LOS VEHÍCULOS TODOTERRENO CIRCULEN POR LAS VIALIDADES DE CHIHUAHUA

De acuerdo con la nueva reforma aprobada de la Ley de Vialidad y Tránsito, este tipo de vehículos sólo deberán ser usados en ciertas actividades recreativas.

Pie de fotografía: Vehículos todoterreno en la vialidad.

Chihuahua, Chih.

Se dio a conocer en el Periódico Oficial del Estado, la reforma aprobada por el Congreso del Estado respecto al uso de vehículos todoterreno, por lo que desde el domingo 03 de marzo del presente año, entró en vigor esta ley que pretende evitar accidentes automovilísticos con la prohibición de los razers en las vialidades.

La Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado, es la que se modificó agregando varios apartados en su Capítulo Cuarto especificando que los vehículos todoterreno; es decir, aquellos de tres o cuatro ruedas con motor a gasolina de hasta 1000 centímetros cúbicos, estarán destinados específicamente para ser utilizados en actividades deportivas, recreativas, turísticas, de seguridad o laborales en terrenos abruptos.

De tal manera, que se prohíbe su circulación dentro de las zonas urbanas en avenidas, calzadas, paseos, carreteras, puentes, distribuidores viales, calles, camellones, arroyos y banquetas o cualquier vialidad pavimentada y con tráfico de vehículos.

Además, se deben cumplir con ciertos lineamientos aprobados por el poder legislativo que son el estar registrados ante la Secretaría, así como también contar con faros frontales que proyecten luz blanca en alta y baja intensidad, tener luces traseras cubiertas con micas de color rojo. Entre otros requisitos que se deben cumplir, es que se cuente con cinturones de seguridad para el total de sus ocupantes, llevar un extintor en buenas condiciones de uso y silenciador en el sistema de escape.

Entre las prohibiciones específicas que se enlistan en la ley, es que no se pueden utilizar radios o dispositivos de cualquier índole que utilicen la frecuencia de la dependencia de seguridad pública, así como tampoco pueden portar sirenas, torretas o cualquier accesorio que sea de uso exclusivo de vehículos policiales o de emergencia.

Por último, las personas que tienen permitido conducir este tipo de vehículos, solo podrán ser aquellos individuos mayores de edad o mayores de 16 años siempre y cuando vayan acompañados de un adulto. En ambos casos, deberán contar con licencia para conducir vigente, así como también, deben contar con un seguro contra daños a terceros.

Enlaces o hipervínculos:

Si se desea conocer más información reglamentaria sobre el tema de la prohibición de los vehículos todoterreno, puede acceder en el siguiente enlace de la plataforma oficial del Congreso del Estado de Chihuahua:

https://www.congresochihuahua.gob.mx/detalleNota.php?id=9642

Si se desea conocer más información sobre el documento oficial con la reforma aprobada, este lo puede encontrar en el siguiente enlace:

https://notired34parral.com/wp-content/uploads/2024/03/Ley-Todoterreno-Cuatrimotos-RZR.pdf

Pie de fotografía: Documento oficial.

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