PROHÍBEN QUE LOS VEHÍCULOS TODOTERRENO CIRCULEN POR LAS VIALIDADES DE CHIHUAHUA
De acuerdo con la nueva reforma aprobada de la Ley de Vialidad y Tránsito, este tipo de vehículos sólo deberán ser usados en ciertas actividades recreativas.
Pie de fotografía: Vehículos todoterreno en la vialidad.
Chihuahua, Chih.
Se dio a conocer en el Periódico Oficial del Estado, la
reforma aprobada por el Congreso del
Estado respecto al uso de vehículos todoterreno, por lo que desde el
domingo 03 de marzo del presente año, entró en vigor esta ley que pretende
evitar accidentes automovilísticos con la prohibición de los razers en las
vialidades.
La Ley de Vialidad y
Tránsito para el Estado, es la que se modificó
agregando varios apartados en su Capítulo
Cuarto especificando que los vehículos
todoterreno; es decir, aquellos de tres o cuatro ruedas con motor a
gasolina de hasta 1000 centímetros
cúbicos, estarán destinados específicamente para ser utilizados en actividades
deportivas, recreativas, turísticas, de seguridad o laborales en terrenos
abruptos.
De tal manera, que
se prohíbe su circulación dentro
de las zonas urbanas en avenidas,
calzadas, paseos, carreteras, puentes, distribuidores viales, calles,
camellones, arroyos y banquetas o cualquier vialidad pavimentada y con tráfico
de vehículos.
Además, se deben cumplir con ciertos lineamientos aprobados
por el poder legislativo que son el estar registrados ante la Secretaría, así
como también contar con faros frontales que proyecten luz blanca en alta y baja
intensidad, tener luces traseras cubiertas con micas de color rojo. Entre otros
requisitos que se deben cumplir, es que se cuente con cinturones de seguridad para el total de sus ocupantes, llevar un
extintor en buenas condiciones de uso y silenciador en el sistema de escape.
Entre las prohibiciones específicas que se enlistan en la
ley, es que no se pueden utilizar radios o dispositivos de cualquier índole que
utilicen la frecuencia de la dependencia de seguridad pública, así como tampoco
pueden portar sirenas, torretas o cualquier accesorio que sea de uso exclusivo
de vehículos policiales o de emergencia.
Por último, las personas que tienen permitido conducir este tipo de vehículos, solo podrán ser aquellos individuos mayores de edad o mayores de 16 años siempre y cuando vayan acompañados de un adulto. En ambos casos, deberán contar con licencia para conducir vigente, así como también, deben contar con un seguro contra daños a terceros.
Enlaces o hipervínculos:
Si se desea conocer más información reglamentaria sobre el
tema de la prohibición de los vehículos todoterreno, puede acceder en el
siguiente enlace de la plataforma oficial del Congreso del Estado de Chihuahua:
https://www.congresochihuahua.gob.mx/detalleNota.php?id=9642
Si se desea conocer más información sobre el documento
oficial con la reforma aprobada, este lo puede encontrar en el siguiente
enlace:
https://notired34parral.com/wp-content/uploads/2024/03/Ley-Todoterreno-Cuatrimotos-RZR.pdf


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